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Soy joven y quiero trabajar en el campo, ¿de qué ayudas dispongo?

Antes que nada, conviene aclarar que la normativa considera "jóvenes" agricultores a aquellos con edad comprendida entre los 18 y 40 años; antes eran 35 años, pero la sociedad envejece y en el campo más aún.

Puede ocurrir que seas, como quien dice, un recién llegado al mundo agrícola o ganadero, o que quieras continuar con el negocio familiar. Ambos casos están contemplados en las ayudas de la PAC y vamos a intentar explicar cómo va el tema, que no es fácil.

Para poder "cobrar" primero tienes que tener "derechos para cobrar", de la misma manera que los países tienen derecho a emitir más o menos toneladas de CO2 a la atmosfera en el mercado mundial de emisiones. Un agricultor podrá tener más o menos derechos, como si fueran una especie de "vales", que suelen estar ligados a la tierra que se disponga.

Bien, pues la PAC ofrece a los jóvenes una asignación de derechos de pago básico, el propio pago básico por producir, más un pago complementario durante 5 años más las ayudas específicas a la creación de empresas agrarias que se contemplan en los Planes de Desarrollo Rural de cada Comunidad Autónoma. Siempre y cuando se cumplan unos requisitos, obviamente.

Los derechos de pago básico se asignan a los agricultores en el primer año que comienzan a solicitar ayudas y han de ser activados cada año por el interesado. Es imprescindible disponer de ellos para poder acceder a los otros pagos directos (las ayudas para jóvenes agricultores, el greening, etc). Estos derechos de pago normalmente se adquieren (o se heredan) junto con las tierras que se van a trabajar, pero si se empieza de cero o se quiere ampliar el negocio, se pueden comprar o solicitarlos a la Reserva Nacional. Esta Reserva, creada por los Estados para asignar derechos de pago de una manera equilibrada, evita distorsiones del mercado y la competencia y otorga prioridad a los jóvenes agricultores.

¿Qué requisitos tengo que cumplir?

Para acceder a la asignación de derechos hay que cumplir una serie de criterios, para obtener el pago complementario se añade alguno adicional y las ayudas a la creación empresas también tienen los suyos propios.

En general estos requisitos tienen como objetivo asegurarse que la persona que los recibe realmente va a realizar una actividad agraria: que van a ser agricultores activos, que disponen de terreno donde ejercer su actividad, un plan de negocio razonablemente viable y una adecuada capacitación agraria. Asimismo que, ya sea como titulares, cotitulares o en régimen de titularidad compartida, van a tener un control directo de lo que ocurre en su explotación. De esta manera se busca garantizar que efectivamente se produce ese relevo generacional deseado.

La PAC en pocas palabras

En 2015 la PAC sufrió una de sus múltiples reformas, que supuso un importante cambio en las ayudas directas que hasta el momento percibían los agricultores. ¿Y qué son las ayudas directas?, pues simplificando mucho, una serie de pagos que hace Europa (es decir, todos los ciudadanos europeos) a los agricultores por mantener o trabajar la tierra, y que constituyen lo que se ha denominado "el primer pilar" de la PAC.

Estas ayudas directas engloban distintos tipos de pagos: el Régimen de Pago Básico (por ser agricultor y haber trabajado la tierra anteriormente), por llevar a cabo prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, también conocido como "greening", una serie de ayudas acopladas que consisten en dar dinero por cultivar un determinado número de hectáreas o cuidar de determinado número de animales  - tanto produces, tanto cobras, en definitiva -, ayudas a pequeños agricultores (para afrontar las dificultades de ser pequeño) y por fin, el pago adicional para jóvenes agricultores que intenta frenar la sangría de gente del campo a la ciudad.

Pero la PAC también contempla otra serie de ayudas destinadas al desarrollo rural, el denominado "segundo pilar". Este pilar lo diseña cada país y, a su vez, cada región para adaptarse a las necesidades concretas que muestran los distintos territorios. Normalmente prestan un importante apoyo económico a aquellos que quieren montar su negocio - agrícola o asociado - en el medio rural o hacerlo más sostenible, conforme van exigiendo los nuevos tiempos. Y estas ayudas, que en España son desarrolladas por cada Comunidad Autónoma en su correspondiente Plan de Desarrollo Rural, contemplan la creación de empresas para los jóvenes agricultores (submedida 6.1). Por poner un ejemplo, la primera instalación de agricultores y ganaderos en Andalucía conlleva una ayuda media de 50.000 euros por cada beneficiario, y de 27.000 a 50.000 en Castilla la Mancha.

De esta manera, ambos tipos de financiación se complementan para apoyar primero a los jóvenes para que entren de lleno en el negocio, luego durante los primeros cinco años de andadura y, si procede, apoyarles económicamente por prestar una serie de servicios a la sociedad en su conjunto (medioambientales, de seguridad alimentaria de) y para mantener cierto equilibrio territorial, como al resto de agricultores.

Un poco de ayuda con los papeles

Si has sido capaz de leer hasta aquí, enhorabuena. La terminología y la complejidad de la PAC realmente asustan a cualquiera y la solicitud de las ayudas absorbe tal cantidad de tiempo y energías, que siempre es bienvenido alguien que asesore o directamente pueda encargarse de los trámites. Para ello, las Comunidades Autónomas elaboran un listado de entidades reconocidas - bancos y cajas de ahorro, organizaciones profesionales agrarias y cooperativas son las más habituales - para ayudar al agricultor. Busca en el siguiente enlace la oficina de COAG más cercana:  http://coag.org/sedes-regionales

Como siempre conviene estar al tanto de cómo funciona esto de las solicitudes, os contamos que actualmente se tramita una solicitud única ante la administración competente de la Comunidad Autónoma, en la que se incluyen casi todas las ayudas de la PAC (ya sean estatales o autonómicas).

Esta solicitud ha de ir acompañada obligatoriamente (salvo en determinados casos como superficies de uso común o aprovechamiento de rastrojeras) con una “declaración gráfica” de las tierras a las que habrá de ir asociada la ayuda que se solicita. Esta se obtiene en el SIGPAC, (Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas), que es un registro público que contiene la información actualizada de las parcelas susceptibles de beneficiarse de las ayudas comunitarias. En caso de que en la solicitud de ayudas se decida cambiar los usos de la tierra (cambio de cultivo, barbechos, Superficie de Interés Ecológico, etc.) hay que cumplimentar un documento de "Modificación de la declaración de superficies".

Una vez dada toda esta información para arrojar un poco de luz en el complejo mundo de la PAC, sólo nos queda decir una cosa: ¡¡Ánimo valientes!!

Con el fin de año llegan las listas, recopilatorios y repasos varios, y desde “Somos Nuestra Tierra” no vamos a ser menos.
En la actualidad existen ganaderos que han optado por modelos rentables que no pasan por crecer indefinidamente. Y parece que les va bien.
Decia Ralph Waldo Emerson "No vayas a donde el camino pueda llevar. Ve donde no haya camino y deja un sendero" .